Los aspirantes a los procesos selectivos para el ingreso en el centro de formación de acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil deberán reunir los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Carecer de antecedentes penales.
- No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad en el año de la convocatoria.
- No superar durante el año en que se publique la convocatoria la edad de cuarenta (40) años.
- Poseer una altura mínima de 160 centímetros para hombres y 155 centímetros para mujeres, y no superior a 203 centímetros en bipedestación.
- Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y de las pruebas que se determinen en la correspondiente convocatoria.
- Estar en posesión de los niveles de estudios requeridos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
- No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre de Régimen de Personal de la Guardia Civil (BOE núm. 289).
- No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
- Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, auto mutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil, según se determine en la normativa vigente en esta materia y sus normas de desarrollo.
Nota: Todo ello sin perjuicio de otras condiciones que se puedan estipular en las respectivas convocatorias.
Requisitos específicos para las plazas restringidas a militares profesionales
- Mínimo 5 años de servicios en las Fuerzas Armadas y no hayan finalizado su compromiso con las Fuerzas Armadas.
- Resto de requisitos generales.
Requisitos específicos para las plazas restringidas a alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.
- Alumno del Colegio de Guardias Jóvenes «Duque de Ahumada».
- Resto de requisitos generales.
Cuadro médico de exclusiones
El cuadro médico de exclusiones para ingreso en el Cuerpo de la Guardia Civil se encuentra publicado por Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se apruebas las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias (BOE núm. 44).
Última convocatoria publicada
Resolución 160/38128/2019, de 10 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.
Convocada oferta de empleo público 2020 para el acceso a la Guardia Civil, próximamente se publicará el proceso de pruebas selectivas para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
Temario de la oposición
NOTA: En el proceso selectivo que se convoque durante el año 2019 NO será de aplicación la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, en lo que respecta al temario, rigiéndose por Apéndice A de la Orden de 9 de abril de 1996, por la que se aprueban las bases y circunstancias aplicables a los procesos selectivos para ingreso en los centros militares de formación para acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil (BOE núm. 92/1996).
En cada convocatoria se incluirá el temario sobre el que se elaborarán los cuestionarios de las pruebas de conocimientos teóricos o teórico-prácticos y que desarrollarán, al menos, los siguientes ámbitos de conocimiento recogidos en el Anexo II de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero:
- Derechos Humanos.
- Igualdad.
- Prevención de Riesgos Laborales.
- Derecho Constitucional.
- Derecho de la Unión Europea.
- Instituciones Internacionales.
- Derecho Civil.
- Derecho Penal.
- Derecho Procesal Penal.
- Derecho Administrativo.
- Protección de Datos.
- Extranjería. Inmigración.
- Seguridad Pública y Seguridad Privada.
- Ministerio del Interior. Ministerio de Defensa.
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Guardia Civil.
- Materias Socio-Culturales: Protección Civil. Desarrollo Sostenible. Eficiencia Energética.
- Materias Técnico-Científicas: Tecnologías de la Información y la Comunicación. Estadística.
- Lengua Inglesa.
- Ortografía de la Lengua Española.